Reglamento de publicidad odontológica
Toda Publicidad Odontológica deberá previamente ser autorizada, en su primera presentación por el Colegio de Odontólogos de La Rioja, el que llevará a tal fin un libro de Registro de Publicidad Odontológica, para su contralor y aprobación y que tendrá válidos siempre y cuando su texto no tenga modificación alguna.